Principios del Derecho laboral Colombiano
El derecho laboral Colombiano hace referencia a un conjunto
de principios y normas que regulan las relaciones entre los empleados y el
empleador. Estos están plasmados en la constitución
política de 1991, que dice desde su primer artículo que Colombia es un estado
social de derecho y es por esto que combate las desigualdades humanas con sus mecanismos
políticos y económicos.
El derecho laboral Colombiano es autónomo con relación a
otras ramas del derecho por ser un derecho de orden público, en esta autonomía
radica el equilibrio, procurando que las normas de tipo laboral sean derechos mínimos
otorgados por la sociedad a los trabajadores.
Los principios se
caracterizan porque pueden ser cumplidos en diversos grados algunos de ellos
son:
Libertad de trabajo
Este principio hace referencia a la posibilidad que
tienen los trabajadores de escoger libremente la labor a desempeñar, es por
ello que las empresas.
Favorabilidad
Este principio indica que cuando coexistan
normas laborales de distinto
origen, que regulan una misma
materia y se aplican a la solución
del mismo caso, se toma la norma más favorable para el trabajador; La norma que se adopte debe
aplicarse en su integridad.
In dubio pro operario
Este principio indica la existencia de
una sola norma que admite dos
o más interpretaciones a un hecho concreto, en este caso se toma
la interpretación más favorable
al trabajador por ser la parte mas débil en cuanto a la negociación.
Primacía de la realidad
Este principio dice que una
vez reunidos los elementos del
contrato de trabajo, se presume
que existe este y no deja de serlo por razón del
nombre que se le dé, ni de otras
condiciones o modalidades que
se le agreguen en materia laboral,
deben preferirse los datos
que ofrece la realidad por sobre
aquéllos que figuren formalmente
en acuerdos o documentos Además, indica que
al presentarse un conflicto entre
la realidad y la forma jurídica
contrato de trabajo, prevalecen
los hechos, la práctica.
Estabilidad
Este principio tiene como prioridad la protección para el trabajador, indica que mientras el trabajador cumpla por su parte las condiciones fijadas por la ley en relación con su desempeño, no sera removido del empleo. pero no significa que el trabajador sea inamovible en términos absolutos, porque siempre se tendrán en cuenta las justas causas para dar por terminado el empleo o la previsión de sanciones estrictas.
Los principios de estabilidad son:
Los empleados públicos de
carrera administrativa: Son
aquellos que se encuentran vinculados
a un sistema técnico de
administración de personal denominado
Carrera Administrativa, tienen como objetivo garantizar la eficiencia de la
administración pública y ofrecer
estabilidad e igualdad de
oportunidades para el acceso y
el ascenso al servicio público.
El fuero sindical: Es la garantía que tienen algunos trabajadores de no ser
despedidos, ni desmejorados
en sus condiciones de trabajo,
ni trasladados a otros establecimientos
de la misma empresa o
a un municipio distinto, sin justa
causa, previamente calificada
por el juez de trabajo.
El fuero de maternidad:
Ninguna trabajadora puede ser
despedida por motivo de embarazo
o lactancia.
El fuero circunstancial: Los trabajadores afiliados a un
sindicato o a los no sindicalizados
que hayan presentado
un pliego de peticiones, desde
el momento de su presentación
al empleador hasta cuando se
haya solucionado el conflicto
colectivo mediante la firma de
la convención o el pacto, no podrán
ser despedidos sin justa causa
comprobada.
El fuero por discapacidad:
En ningún caso la limitación de
una persona, podrá ser motivo
para obstaculizar una vinculación
laboral, a menos que
dicha limitación sea claramente
demostrada como incompatible
e insuperable en el cargo que
se va a desempeñar. Así mismo,
ninguna persona limitada
podrá ser despedida o su contrato
terminado por razón de
su limitación, salvo que medie
autorización de la oficina de
trabajo.
Condición más beneficiosa
Este principio dice que las normas laborales
nuevas derogan las precedentes
siempre y cuando signifiquen un beneficio para el empleado
al que deba aplicarse, con respecto
al régimen que este venía
disfrutando.
Irrenunciabilidad
Este principio hace referencia a que el
derecho del trabajo se construye sobre normas de orden público, lo cual implica que se
imponga la irrenunciabilidad de los derechos otorgados por la ley.
Derechos adquiridos
son aquellos que han ingresado
al patrimonio del titular del
derecho. Derecho adquirido
puede invocarse respecto de
aquellos derechos laborales
que el funcionario ha consolidado
durante su vínculo
laboral.
Mínimo vital
Este principio debe ser garantizado por el Estado. Consiste en mantener la capacidad adquisitiva de los trabajadores sin desmejorar su calidad de vida; lo que se busca es dar la opción de progreso.
Este derecho se fundamenta en la solidaridad
y la libertad considerando que las personas, para gozar plenamente de su
libertad, necesitan un mínimo de seguridad económica y de la satisfacción de
necesidades básicas. Otro fundamento de este derecho es la igualdad material o
real, en ese sentido, es necesario equiparar, al menos en un mínimo, las
condiciones materiales de los individuos en la sociedad.
Obligatoriedad del trabajo
Este principio hace referencia a la obligación social que
tiene toda persona en edad y condiciones de trabajar aportando su fuerza
laboral, con el fin de contribuir al desarrollo socio-económico de la comunidad
a la cual pertenece.
Protección del trabajo
Este principio se define como la garantía ofrecida por parte del Estado a fin de
salvaguardar el desarrollo del trabajo y vela por prestar a los trabajadores una debida y oportuna protección para la garantía y eficacia
de sus derechos.
Origen de la Legislación Laboral
La legislación Laboral Colombiana;en efecto de las leyes civiles de código civil Colombiano, ya sea de un arrendamiento o compraventa, de allí se toman las características que identifican un contrato laboral.
En la historia se encuentran normas referentes al trabajo desde la época de la colonia, pero sin llamarlas en si leyes laborales, en las organizaciones se utilizaba el trabajo forzoso como régimen general del trabajo y la esclavitud era la única forma de obligar a trabajar a los hombres de una manera uniforme.
La explotación de los indígenas por parte de los conquistadores movió a los monarcas españoles a promulgar algunos ordenamientos tendientes a proteger la condición humana de los aborígenes; las normas a pesar de no haber suministrado alivio completo para sus penurias fueron el origen de nuestra legislación del trabajo
Código Sustantivo del Trabajo (CST)
Podemos encontrar:
- El derecho individual del trabajo
- Derecho colectivo del trabajo
- Sistema de seguridad social integral
- entre otros
Para su aplicación todo empleador esta obligado a observar las leyes laborales que rigen en Colombia, la correcta aplicación de normas influye en la buena marcha de la empresa y en beneficio de las relaciones con sus trabajadores.
La no aplicación o incorrecta aplicación de normas laborales, trae como consecuencia para la empresa imposición de multas y sanciones por parte de las autoridades que pueden llegar hasta el cierre del establecimiento.
Bibliográfias:
http://todolaboral.galeon.com/
http://diccionario.pradpi.org/inicio/index.php/terminos_pub/view/9
www.wikipedia.com
https://senaintro.blackboard.com/bbcswebdav/pid-77876292-dt-content-rid-142485479_2/courses/P112005_F955243_RG5_C9202/ORIGEN%20DE%20LA%20LEGISLACI%C3%93N%20LABORAL%20Y%20CAMPO%20DE%20APLICACI%C3%93N.pdf
http://www.buenastareas.com/ensayos/Origen-De-La-Legislacion-Laboral/4401349.html
https://senaintro.blackboard.com/bbcswebdav/pid-77876292-dt-content-rid-142485479_2/courses/P112005_F955243_RG5_C9202/ORIGEN%20DE%20LA%20LEGISLACI%C3%93N%20LABORAL%20Y%20CAMPO%20DE%20APLICACI%C3%93N.pdf
http://www.buenastareas.com/ensayos/Origen-De-La-Legislacion-Laboral/4401349.html






